El fallo también dejó claro que la decisión no constituye un pronunciamiento sobre la veracidad del contenido publicado en redes sociales.
El proceso judicial promovido por Esteban Restrepo Taborda contra Federico Gutiérrez concluyó, por ahora, con una decisión desfavorable para el accionante.
El Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá resolvió negar la acción de tutela presentada por Restrepo, luego de concluir que durante el trámite constitucional no fueron allegadas oportunamente las pruebas necesarias para demostrar la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.
Un fallo con alcance procesal
Aunque el despacho consideró procedente analizar el fondo del asunto, finalmente determinó que el expediente no reunía los elementos probatorios suficientes para conceder el amparo solicitado.
El juez recordó que las pruebas aportadas durante la impugnación no podían ser valoradas por haber sido presentadas fuera de la etapa procesal correspondiente.
Qué significa realmente la decisión
El fallo aclara que la decisión no establece si las afirmaciones publicadas en la red social X son verdaderas o falsas.
La providencia únicamente resuelve que, dentro del trámite de tutela, no existían pruebas suficientes para acreditar la vulneración de los derechos invocados por el accionante.
El caso llegará a la Corte Constitucional
Como ocurre con todas las acciones de tutela, el expediente será enviado a la Corte Constitucional, corporación que decidirá si selecciona el proceso para una eventual revisión.
Mientras tanto, la decisión judicial queda en firme y no admite recursos ordinarios.


